CONSULADO DE ESPAÑA EN CUBA

Visa para España desde Cuba: tipos de visados y cómo solicitarlos

España, la tierra de una rica cultura e historia, es el segundo país que más visitantes recibe anualmente. Si eres cubano y quieres estudiar, trabajar, vivir o simplemente “turistear”, debes conocer, en primer lugar, qué tipo de visa para España es la ideal para ti, cuáles son los requisitos que necesitas para solicitarla y cuál es el procedimiento. 

Con un pasaporte actualizado, un visado acorde a tu objetivo de viaje y un par de cosas más que detallaremos en este artículo podrás ir empezando a planificar tu viaje a España. ¡Sigue leyendo y entérate de todos los detalles!

¿Los cubanos necesitan visa para viajar a España?

Sí. Los cubanos, salvo los que poseen ciudadanía española, necesitan visa para España. Existen varios tipos de visados para viajar a España desde Cuba y cada uno demanda sus propios requisitos que te comentaremos a lo largo de este artículo. 

¿Qué tipo de visas hay para España desde Cuba?

1. Visa de turismo para España o visa Schengen

La visa de turismo para España, también conocida como visa Schengen, es un visado de corta duración que otorga un permiso de estancia no mayor a 90 días. A continuación, detallamos los pasos para solicitar la cita en el Consulado, así como los requisitos y la documentación que necesitas para tramitar este tipo de visado.

¿Cómo solicitar la visa Schengen para viajar a España desde Cuba?

Enviar un correo electrónico a cog.lahabana.citavisados@maec.es. En el asunto del correo debes poner VISADO EST. En el cuerpo del correo debes indicar los siguientes datos:

  • Número de pasaporte (sin espacios ni guiones).
  • Dirección personal de correo electrónico de contacto. (No puede ser del dominio .cu, como por ejemplo nauta.cu)
  • Nombre y apellidos del solicitante en mayúsculas SIN ACENTOS, APÓSTROFES U OTROS CARACTERES.
  • Fecha prevista de inicio del viaje.

Además, debes adjuntar en el correo:

  • Foto tuya junto a tu pasaporte internacional (los datos del pasaporte deben ser legibles). Se sugiere que sea en formato JPEG o PDF. Según la página del Consulado, la foto debe ser como se indica en esta imagen:

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  • Formulario de solicitud con foto.
  • Preboleto del vuelo.
  • Seguro médico.

NOTAS:

  • Se debe enviar un correo para cada solicitante por separado, aunque se trate de menores de edad (en caso de menores de edad se debe incluir el nombre del padre y madre).
  • No vuelvas a enviar el correo antes de que transcurran 7 días. La respuesta puede demorar, no desesperes porque puedes ser penalizado con un retraso de hasta dos meses más.
  • El peso máximo para los documentos adjuntos es de 1 MB.
  • La solicitud se debe presentar entre 6 meses y 15 días antes de la fecha prevista de viaje.

Obtener cita de visado

Cuando recibas el correo de confirmación, te otorgarán un usuario y una clave de acceso. Con estas credenciales debes reservar la cita en el siguiente enlace: Reservar cita de visado Schengen

¡IMPORTANTE! Se debe sacar cita para cada uno de los acompañantes con sus respectivas credenciales. Lo que se recomienda es que se trate de sacar cita para el mismo día, de manera que puedan presentarse juntos.

Los días de cita habilitados para la visa Schengen para España son los jueves. No obstante, puedes acceder al sistema para reservar las citas cualquier día de la semana. 

Una vez reservada la cita, recibirás un correo de confirmación. Puedes cancelar la cita hasta 3 días antes de la fecha de presentación. En caso de que no te presentes a la cita y previamente no la hayas cancelado, tu usuario puede ser penalizado durante un tiempo.

Para cancelar la cita debes abrir Reservar cita de visado Schengen y en la esquina inferior selecciona “Cancelar o consultar mis reservas”, proporciona tu usuario y contraseña y selecciona la opción de Cancelar en la fecha que desees.  

3. Presentarse en el Consulado

En la fecha y hora indicada deberás presentante en el Consulado para entregar los documentos originales y sus copias. Es importante que para ese día tengas lista toda la documentación.

Además, también deberás abonar en efectivo la tasa consular. Ten en cuenta que este dinero no es reembolsable ni siquiera en caso de ser negado el visado.   

Documentos que debes llevar el día de la cita en el Consulado

  1. Dos copias del formulario impreso debidamente completado y firmado.
  2. Dos fotografías tamaño visa pegadas a cada uno de los formularios.  
  3. Pasaporte y fotocopia de la página donde aparecen los datos del titular. Debe tener una validez superior a tres meses.
  4. Prerreserva de vuelo. El Consulado informó que para solicitar el visado no necesitas presentar el billete pagado, sino una prerreserva de vuelo. Esto es importante tenerlo en cuenta, ya que lo más recomendable es que compres el boleto de avión cuando ya tengas el visado aprobado y no antes.
  5. Documentos que acrediten el motivo de viaje, como te comentamos más arriba, por ejemplo, un paquete turístico; estudios de menos de 90 días; tránsito territorial a un país de fuera del Espacio Schengen, tratamiento médico, invitaciones a eventos o robo, pérdida o caducidad de la residencia española
  6. Prueba de parentesco con el invitante en caso de que se solicite la visa por carta de invitación. En este caso se debe presentar fotocopia del documento de identidad de la persona que invita y certificados de nacimientos y/o certificaciones de matrimonio si es el caso. Para los niños cubanos menores de edad deben legalizarse por el MINREX.
  7. Prueba de alojamiento. Como ya indicamos, puede ser o la carta de invitación o la reserva de hoteles o algún establecimiento que cuente con los requisitos legales de renta. 
  8. Prueba de medios económicos del solicitante de visado. Para periodos menores a 9 días se deberá contar como mínimo 855 €. Para estancias mayores a 9 días se debe demostrar que se cuenta con una cantidad de 95 € diarios por persona para cada día de tu viaje. Esto quiere decir que, por ejemplo, si vas a estar 15 días en España debes contar con un mínimo de 1.425 € por persona. Ahora bien, puedes indicar estos fondos presentando los movimientos de tu cuenta en CUP o de una cuenta en el extranjero de, al menos, los últimos 6 meses. También puedes presentar el extracto de una tarjeta de crédito, en caso de que cuentes con una, o cualquier documento de otra índole que demuestre que cuentas con fondos. ¡OJO! No se admite el dinero en efectivo y, además, toda la documentación deberá estar firmada y llevar el cuño de la entidad bancaria.
  9. Comprobante de contratación de seguro médico de viaje. La cobertura del seguro debe ser, como mínimo, de 30.000 euros y debe cubrir atención médica en cualquier situación, incluso repatriación de restos.
  10. Consentimiento notarial (original y fotocopia) de la(s) persona(s) que ejerzan la patria potestad o tutela en caso de que el solicitante sea un menor de edad.
  11. Documentación que demuestre arraigo en Cuba. Se puede justificar presentando propiedades (casas, carros, etc.), cuentas bancarias, evidenciando que se tiene familia en Cuba y trabajo.

Tiempo de demora del visado Schengen: La aprobación/denegación de esta visa para España desde Cuba tiene un plazo máximo de 45 días después de que el solicitante se haya presentado en el Consulado y se haya admitido la solicitud.

Costo del visado Schengen: 

  • Adultos y niños mayores de 12 años: 80 euros
  • Menores de 6 a 12 años: 40 euros
  • Menores de 6 años: exentos del pago de la tasa.

Recomendado: Visado Schengen o visa de turismo para España desde Cuba [Guía completa]

2. Visado para familiar de ciudadano de la UE, del E.E.E. o de Suiza 

Este tipo de visa para España es para las personas que son familiares de un ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza. Se trata de un visado tipo C, código ESC, que tiene una vigencia de 6 meses, con entradas y salidas múltiples, y permite una estancia no mayor a 90 días. Vale aclarar que este visado permite viajar al solicitante a España siempre que viaje con el familiar ciudadano de la UE/EEE/Suiza o que se vaya a encontrar con él allá.

Requisitos para solicitar la visa para familiar

Puede solicitar este visado el familiar de un ciudadano de la UE/EEE/Suiza que:

  • Sea cónyuge del ciudadano cuando el matrimonio está inscrito en un registro público de uno de los países antes mencionados.
  • Sea cónyuge de un ciudadano cuando el matrimonio esté inscrito en un registro público cubano con una antigüedad de al menos 12 meses.
  • Sea pareja de hecho registrada en alguno de los registros públicos reconocidos por los Estados miembros de la Unión y con arreglo a la legislación de este Estado miembro.
  • Sea pareja del ciudadano (aunque no estén casados) siempre que se demuestre la autenticidad de la relación. Esta debe ser estable y duradera, y deben haber convivido o mantenido una relación análoga a la marital durante, al menos, 12 meses.
  • Sea descendiente directo y los de su cónyuge o pareja menores de 21 años.
  • Sea descendiente directo y los de su cónyuge o pareja mayores de 21 años que sea incapacitado, no pueda valerse por sí mismos o que viva a su cargo.

Aunque estas son las relaciones más comunes, también se admiten otros tipos de familiares que se pueden consultar en la página oficial del Consulado a través de este enlace.  

¿Cómo solicitar la visa para España para familiar?

Lo que debes hacer es reunir la documentación que se detalla más abajo y enviar un correo a cog.lahabana.citavisados@maec.es. En el asunto debes poner CITA VISADO ESC. Además de la foto junto con el pasaporte (como se indicó más arriba) debes adjuntar en el correo: 

  • Prueba del vínculo familiar según cada caso: Libro familiar.
  • Pasaporte vigente del reagrupante comunitario.
  • Acta de manifestaciones, en caso de que el reagrupante no vaya a estar presente en la cita.

En el cuerpo del correo debes indicar tu nombre y apellidos, número de pasaporte y fecha prevista de viaje (ver las indicaciones de arriba). De igual forma, cuando tengas el usuario y la contraseña, debes reservar cita en este enlace.

El día de la cita si el cónyuge español se encuentra en Cuba, puede acompañar a su pareja.

Documentación para el día de la cita

A continuación, detallaremos los documentos generales que se debe presentar el día de la cita. Es importante que consultes aquí la documentación adicional requerida según la relación con el ciudadano de UE/EEE/Suiza (cónyuge, pareja de hecho, descendiente, etc.). Esta documentación puede ser actas notariales, libro de familia, certificados de matrimonios, certificados de nacimiento, etc.)

  • Prerreserva de billete aéreo (incluida la del cónyuge español si se encuentra en Cuba).
  • Pasaporte cubano (original y copia). Su validez debe ser superior en 3 meses al periodo de estancia solicitado.
  • Pasaportes cubanos anteriores que hayan tenido visados concedidos.
  • Fotocopia compulsada de pasaporte/DNI del cónyuge español. En caso de que el cónyuge esté presente el día de la cita no será necesario compulsar el pasaporte/DNI.
  • Certificado de empadronamiento del cónyuge español. Si el cónyuge reside en España, debe ser el empadronamiento colectivo. (Si el cónyuge es un ciudadano de la UE/EEE/Suiza que no sea español, se sustituye el certificado de empadronamiento por la fotocopia compulsada de la tarjeta de residencia en España del cónyuge europeo).
  • 2 formularios visado Schengen, rellenados y firmados. Debes agregarle fotografía carnet con fondo blanco.

Tiempo de demora del visado para familiar: 15 días máximo desde el momento en que se presente la solicitud. 

Tasa del visado para familiar: Es gratuito

3. Visa de tránsito para España desde Cuba

El visado de tránsito aeroportuario permite hacer escala de vuelos procedentes de terceros países en España. Este permiso es solo por un periodo inferior a las 24 horas y no permite abandonar el aeropuerto en el que se realiza el vuelo de conexión.

Los cubanos que sean familiares de un ciudadano de la Unión Europea NO necesitan solicitar un visado de tránsito para España si viajan en compañía del ciudadano o se reúnen con él.

Tampoco necesitan este tipo de visa para España los ciudadanos cubanos que tengan un visado de larga duración o que posean un permiso de residencia emitido por un Estado Schengen. Asimismo, no lo requieren los que tengan pasaporte diplomático o miembros de las tripulaciones aéreas.

¿Cómo solicitar visa de tránsito para España desde Cuba?

El proceso habitual es el mismo que hemos comentado anteriormente:

  • Enviar un correo a cog.lahabana.citavisados@maec.es. En el asunto poner CITA VISADO TAP.
  • En el cuerpo del mensaje indicar nombre y apellidos, pasaporte y fecha prevista de viaje.
  • Adjuntar foto junto a pasaporte y formulario de solicitud con foto y prerreserva de vuelo.
  • Una vez se tenga el usuario y contraseña, reservar cita en Reservar cita de visado Schengen

Documentos para llevar el día de la cita

  • Dos copias del impreso de Solicitud de visado Schengen.
  • Dos fotografías tamaño visa. Las fotografías deben ser recientes y estar pegadas a los dos formularios.
  • Pasaporte y fotocopia de la página del pasaporte donde aparecen los datos del titular. Debe tener una validez superior en tres meses al período de tránsito aeroportuario solicitado.
  • Reserva de vuelo con las fechas del viaje previstas.
  • Documentos que demuestren la continuación del viaje hasta el destino final. Por ejemplo, el visado de entrada al país de destino).  
  • Documentos en los que se indique el motivo del viaje.
  • Documentos que demuestren arraigo en Cuba (familia, propiedades, trabajo, etc.)
  • Consentimiento notarial (original y fotocopia) de quienes ejerzan la patria potestad o tutela en caso de que el solicitante sea un menor de 18 años.

Tiempo de demora de la visa de tránsito para España: La expedición del visado puede hacerse hasta máximo 24 horas antes del vuelo.

Tasa consular:80 euros

4. Visa estudio para España

El visado de estudiante otorga un permiso de estancia en España mientras se cursan estudios en centros educativos públicos o privados, se realizan investigaciones o se participa en algún otro tipo de formación profesional. Los cubanos requieren ciertos requisitos para solicitar el visado de estudiante y documentos que te detallamos en estos artículos:

Documentos a presentar el día de la cita

  • Dos copias del formulario de Solicitud de Visado Nacional. Ten en cuenta que no es necesario rellenar todos los apartados. Lee atentamente y completa solo aquellos que correspondan al visado de estudios.
  • Dos fotografías tipo visa pegadas a los dos ejemplares del formulario.
  • Pasaporte que tenga vigencia durante todo el tiempo que duren los estudios.
  • Prerreserva de vuelo con las fechas previstas. ¡Ojo! No compres el boleto hasta tener aprobado el visado de estudios para España.
  • Documento de admisión, original y fotocopia: Debes presentar cartas de admisión de una universidad o centro educativo en España que confirme tus estudios en el país. Dicho documento debe expresar claramente: titulación que se pretende obtener, fechas de inicio y finalización del programa, carga lectiva semanal y horario de clases, dirección postal, número de teléfono y correo electrónico del centro de estudios.
  • Comprobante de pago de matrícula o beca, original y fotocopia: Aunque, por lo general, no es necesario pagar la totalidad de la matrícula, para solicitar el visado sí se debe pagar un porcentaje de esta, monto que suele indicar la escuela. Dicho documento de pago debe presentarse el día de la cita. En caso de haber sido beneficiario de una beca, debes llevar los documentos que lo demuestren; así como la cuantía de la beca y si dispone de recursos económicos. 
  • Prueba de solvencia económica: Se debe demostrar que cuentas con una cantidad que represente mensualmente el 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Esto se traduce en que debes tener en tus fondos un mínimo mensual de 564,90 euros durante todos los meses de tu estancia. Por ejemplo, si viajas solo, y no con familia, debes presentar fondos con un mínimo de 6778,8 € para una estancia de un año. Ahora bien, es sumamente importante que todo documento que pruebe tus fondos estén a tu nombre, es decir, si presentas certificado bancario, nóminas, etc. Por lo general, como prueba de solvencia económica se presenta una cuenta bancaria a nombre del solicitante. Aunque lo recomendable es presentar una cuenta bancaria a tu nombre en una moneda extranjera, también es admisible presentarla en moneda nacional con un fondo en CUP equivalente a la cantidad de euros requerida según las tasas de cambio vigentes.  
  • Seguro médico: Al ser un estudiante extranjero, debes contar con un seguro médico que tenga cobertura sanitaria de hasta 30 000 € y que garantice repatriación en caso de fallecimiento o enfermedad grave.
  • Titulaciones, curriculum vitae, y otros documentos que acrediten tu vinculación con la actividad que vas a realizar en España.
  • Certificado de antecedentes penales, original y fotocopia: Solo es necesario en caso de los mayores de edad cuando los estudios superan los seis meses. Debe estar legalizado por el MINREX y expedido en los últimos 3 meses.
  •  Certificado médico, original y fotocopia: Cuando los estudios superan los seis meses. Debe estar legalizado por el MINREX y expedido en los últimos 3 meses.
  • Consentimiento notarial (original y fotocopia) de quienes ejerzan la patria potestad o tutela en caso de que el estudiante sea menor de edad.  

 Ahora bien, los trámites no terminan al otorgar la visa de estudios. Si tu estancia es superior a seis meses, cuando llegues a España debes continuar con la tramitación. Según el Consulado, el visado de estudios tiene una duración de tres meses, por tanto, si tus estudios superan este período, durante el primer mes de estancia en España deberás acudir a una Oficina de Extranjería y solicitar la tarjeta de estudiante. Con esta tarjeta de estudiante podrás continuar en España de manera legal hasta la culminación de tus estudios.

Tiempo de demora del visado de estudiante para España: Plazo máximo de 45 días

Tasa consular: 80 euros

5. Visa de trabajo para España

Lo primero que debes saber es que existen dos visas de trabajo para España en dependencia del tipo de actividad que realizarás: visado de trabajo por cuenta ajena y visado de trabajo por cuenta propia.

Visado de trabajo por cuenta ajena

Solicitar registro en la aplicación de cita previa

Enviar un correo electrónico a  cog.lahabana.citavisados@maec.es. En el asunto del correo debes poner CITA VISADO TRA. En el cuerpo del correo debes indicar los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos del solicitante en mayúsculas SIN ACENTOS, APÓSTROFES U OTROS CARACTERES.
  • Número de pasaporte (sin espacios ni guiones).
  • Fecha prevista de inicio del viaje.

Además, debes adjuntar en el correo:

  • Foto tuya junto a tu pasaporte internacional (los datos del pasaporte deben ser legibles). Se sugiere que sea en formato JPEG o PDF. Según la página del Consulado, la foto debe ser como se indica en esta imagen:

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  • Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena.
  • Certificado de antecedentes penales legalizado por el MINREX.
  • Certificado médico legalizado por el MINREX.

NOTAS:

  • Se debe enviar un correo para cada solicitante por separado, aunque se traten de menores de edad (en caso de menores de edad se debe incluir el nombre del padre y madre).
  • No vuelvas a enviar el correo antes de que transcurran 14 días. La respuesta puede demorar, no desesperes porque puedes ser penalizado con un retraso de hasta dos meses más.
  • El peso máximo para los documentos adjuntos es de 1 MB.
  • La solicitud se debe presentar entre 6 meses y 15 días antes de la fecha prevista de viaje.

2. Obtener cita de visado

Cuando recibas el correo de confirmación, te otorgarán un usuario y una clave de acceso. Con estas credenciales debes reservar la cita en el siguiente enlace: Reservar cita de visado de trabajo por cuenta ajena.

¡IMPORTANTE! Se debe sacar cita para cada uno de los acompañantes con sus respectivas credenciales. Lo que se recomienda es que se trate de sacar cita para el mismo día, de manera que puedan presentarse juntos.

Una vez reservada la cita, recibirás un correo de confirmación. Puedes cancelar la cita hasta 3 días antes de la fecha de presentación. En caso de que no te presentes a la cita y previamente no la hayas cancelado, tu usuario puede ser penalizado durante un tiempo.

Para cancelar la cita debes abrir Reservar cita de visado de trabajo por cuenta ajena y en la esquina inferior selecciona “Historial y cancelaciones”, proporciona tu usuario y contraseña y selecciona la opción de Cancelar en la fecha que desees.

Documentos  a llevar el día de la cita

  1. Dos copias del formulario impreso debidamente completado y firmado.
  2. Dos fotografías tamaño visa pegadas a cada uno de los formularios.  
  3. Pasaporte y fotocopia de la página donde aparecen los datos del titular. Debe tener una validez superior a cuatro meses desde la fecha de inicio del viaje.
  4. Prerreserva de vuelo.
  5. Copia de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de la autoridad gubernativa española.
  6. Copia del contrato en relación con el cual se ha concedido la autorización, sellada por la Oficina de Extranjería.
  7. Certificado de antecedentes penales, original y fotocopia: Solo es necesario en caso de los mayores de edad. Debe estar legalizado por el MINREX y expedido en los últimos 3 meses.
  8. Certificado médico, original y fotocopia: Debe estar legalizado por el MINREX y expedido en los últimos 3 meses.

Tiempo de demora estimado para el visado por cuenta ajena: En un plazo inferior a un mes

Tasa consular: 80 euros

Visado de trabajo por cuenta propia

Si tu objetivo es emprender en España, es decir, trabajar de manera independiente, debes solicitar una visa de trabajo por cuenta propia. Este trámite consta de dos procedimientos. Primero, tendrás que solicitar una autorización de residencia inicial y trabajo por cuenta propia y luego, en caso de ser positiva la autorización, solicitar el visado de trabajo por cuenta propia. Tratamos los dos procedimientos en detalle en este artículo

Documentos a llevar el día de la cita

  1. Dos copias del formulario impreso debidamente completado y firmado.
  2. Dos fotografías tamaño visa pegadas a cada uno de los formularios.  
  3. Pasaporte y fotocopia de la página donde aparecen los datos del titular. Debe tener una validez superior a cuatro meses desde la fecha de inicio del viaje.
  4. Modelo impreso 790 (código 052) de autoliquidación de la tasa de autorización inicial de residencia temporal 
  5. Modelo impreso 990 (código 062) de autoliquidación de la tasa de autorización inicial de trabajo por cuenta propia.
  6. Solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia EX-07.
  7. Prerreserva de vuelo
  8.  Certificado de antecedentes penales, original y fotocopia: Solo es necesario en caso de los mayores de edad. Debe estar legalizado por el MINREX y expedido en los últimos 3 meses.
  9. Certificado médico, original y fotocopia: Debe estar legalizado por el MINREX y expedido en los últimos 3 meses.
  10. Alojamiento de un nivel igual o superior al promedio de los españoles en la zona.
  11. Documentos que acrediten medios de vida suficientes para atender sus gastos de manutención y estancia.
  12. Titulación o acreditación homologada de que está capacitado para ejercer la profesión en España.
  13. Documentos que demuestren que cuenta con los fondos de inversión económica necesaria prevista por la normativa vigente, o algún documento que acredite apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
  14. El proyecto de la actividad a realizar. Se debe indicar la inversión prevista, la rentabilidad esperada y, de ser el caso, los puestos de trabajo que se tendrán.
  15. Licencias o autorizaciones, o su solicitud en entidades españolas, para la instalación, apertura o funcionamiento de la actividad a realizar en España.

Tiempo de demora estimado: En un plazo inferior a un mes

Tasa consular: 80 euros.

 Aunque los tipos de visa para España que te hemos comentado son los más comunes, también existen otros visados que deberías tener en cuenta si ninguna de las anteriores se acomoda a tu situación. Te invitamos a revisar otros tipos de visados aquí.

 ¿Cuándo y dónde ir a recoger la resolución de la visa para España?

En cualquier caso, puedes comprobar el estado de tu solicitud a través del sitio  Consulta de Trámites Consulares. Debes insertar el código de solicitud que te darán en la entrevista. Cuando aparezca “resuelto” deberás ir a recoger la resolución del visado y tu pasaporte transcurridas 72 horas. Importante: “resuelto” no indica que tienes la visa otorgada, solo es un indicador de que ya puedes pasar a recoger la decisión final.  

Las resoluciones se recogen en el Consulado, en la ventanilla de calle Zulueta, todos los días laborables de 15:30 a 17:00 y no se necesita cita. El día que vayas a recoger la resolución debes llevar:

  • Carnet de identidad
  • Justificante de pago de la tasa consular
  • Confirmación del estatus “resuelto” impresa   

¿Te asusta que pueda ser denegada tu visa para España? Te decimos todo lo que debes si eso pasa: ¿Qué hacer tu solicitud de visa para España es denegada en Cuba?

Palabras finales

Esperamos que esta información te haya sido útil si quieres tramitar una visa para España. Solo nos queda recomendarte que revises bien cada documento a llevar el día de la cita, que siempre entregues originales y sus fotocopias y ¡mucha suerte!

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9 comentarios en «Visa para España desde Cuba: tipos de visados y cómo solicitarlos»

  • Buen día, soy de Camagüey, municipio Minas. Tengo visa familiar “C” ESC,por matrimonio. Dónde exactamente debo de dirigirme para solicitar mi permiso de viaje? Mi vuelo estáctil programado para el 6 de septiembre: Iberia 6621. Inmigración del municipio o provincia ,cual es quien debe de facilitarme el permiso. Saludos cordiales.

    Respuesta
  • Mi nombte es yeleska , mi pregunta es la siquiente , Mi madre tiene una carta de invitación , es decir un visado ya vencido por el COVID 19 , necesito k me informen porfavor a donde debe dirigirse para la actualización de un nuevo visado GRACIAS

    Respuesta
    • Hola, la revista DimeCuba ha publicado este artículo tomando como fuente comunicado realizado por autoridades de España, pero no tiene ninguna relación con este organismo. Para cualquier duda al respecto, por favor contacte con el organismo acreditado. Saludos, DimeCuba.

      Respuesta
  • Buenas,mi nombre es Anabelys y quiero saber si yo como ciudadana cubana puedo presentarme en la embajada de España con mi pasaporte cubano y solicitar una visa

    Respuesta
  • Hola yo quisiera saber cómo puedo solicitar una cita . Intento por la página web y me da siempre error que debo hacer.

    Respuesta
  • Buenos días. Artículo muy útil y práctico.
    En el apartado de Visados de Familiar (Cubano) de Ciudadano de la Unión (España), no entiendo eso de ”debe aportar el empadronamiento colectivo del cónyuge español si reside en España”, porque si el cónyuge español está en España y el cubano en Cuba, en España solo se puede conseguir un empadronamiento individual.
    Otra duda es Cómo se consigue inscribir el matrimonio en un registro público de España sin estar presente el cónyuge cubano, y si para ello es necesario que el matrimonio esté inscrito previamente en Cuba con una antigüedad de 12 meses.
    Gracias

    Respuesta
  • Hola…mi esposo es ciudadano español y deseamos solicitar una visa familiar para irnos los dos juntos..que debo hacer…saludos

    Respuesta
  • Hola…mi esposo es ciudadano español y deseamos solicitar una visa familiar para viajar juntos. Qué debemos hacer?..Saludos

    Respuesta

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