Cuba permite contratar directamente a trabajadores cubanos en empresas de capital extranjero
La contratación directa de trabajadores cubanos por empresas con inversión extranjera ya es una posibilidad legal en Cuba. El cambio forma parte del Decreto-Ley 128/2026, publicado el 3 de septiembre en la Gaceta Oficial.
La norma modifica varios artículos de la Ley 118 de 2014, conocida como Ley de la Inversión Extranjera. Entre los cambios destaca el nuevo artículo 30.1, que elimina la obligación general de utilizar una entidad empleadora estatal como intermediaria.
La reforma alcanza a las empresas mixtas, las empresas de capital totalmente extranjero y las partes de contratos de asociación económica internacional.
¿Qué cambia para los trabajadores cubanos?
Hasta ahora, la legislación establecía un sistema en el que las empresas con inversión extranjera recurrían, como regla general, a una entidad empleadora autorizada. Esa entidad mantenía el vínculo laboral con los trabajadores cubanos y extranjeros residentes permanentes.
El nuevo marco permite que esas personas sean contratadas directamente por la empresa donde prestarán sus servicios. También mantiene la posibilidad de utilizar las entidades empleadoras autorizadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Por tanto, no desaparece la intermediación estatal. Lo que desaparece es su carácter obligatorio en estos casos.
El cambio puede resultar especialmente relevante para compañías extranjeras que buscan seleccionar personal, organizar sus equipos y gestionar directamente sus relaciones laborales. Reuters informó que las nuevas reglas buscan reducir trámites y facilitar las operaciones de los inversionistas en la Isla.
¿Significa que los cubanos cobrarán directamente en dólares?
No necesariamente. Este punto requiere especial cuidado porque la reforma laboral no establece que todos los trabajadores contratados directamente comiencen a recibir automáticamente sus salarios en dólares.
La normativa mantiene la aplicación de la legislación laboral cubana. Además, contempla la posibilidad de que los trabajadores reciban gratificaciones en divisas cuando la modalidad de inversión extranjera genere esos recursos. La Resolución 56/2026 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social complementa las nuevas reglas sobre contratación, remuneración y relaciones laborales.
Por ello, contratación directa de trabajadores cubanos y pago obligatorio en moneda extranjera son cuestiones diferentes. Una reforma dentro de una apertura económica más amplia. El Decreto-Ley 128 no constituye una nueva Ley de Inversión Extranjera. Se trata de una modificación de la Ley 118, vigente desde 2014.
La reforma también flexibilizó determinadas operaciones bancarias para empresas vinculadas con inversión extranjera. Entre ellas figura la eliminación de la autorización previa para determinadas cuentas bancarias en el exterior. El Gobierno cubano presenta estos cambios como parte de un proceso destinado a reducir obstáculos y atraer capital. La medida llega en un contexto de fuerte deterioro económico y creciente necesidad de inversión extranjera. Reuters describió el paquete como una de las mayores modificaciones económicas adoptadas por Cuba en décadas.
Sin embargo, el cambio laboral no resuelve todos los problemas asociados con la inversión en Cuba. Para los trabajadores, entretanto, el cambio más concreto es otro: por primera vez, las empresas de capital extranjero pueden asumir directamente la relación laboral con trabajadores cubanos, sin estar obligadas a pasar por una entidad empleadora estatal. Es una modificación administrativa, pero también representa un cambio significativo en la relación entre el capital extranjero y la fuerza laboral cubana.
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