VIVIR EN ESTADOS UNIDOS

Cubana enfrenta orden de deportación y aprobación de residencia en el mismo día

Amy, una ciudadana cubana residente en Estados Unidos, experimentó una situación inusual en su proceso migratorio. Tras ingresar al país en 2019 con un formulario I-220A inició los trámites para obtener la residencia permanente. 

Durante su proceso, Amy fue citada ante un juez de inmigración. A pesar de haber cumplido con los requisitos previos, incluyendo la toma de huellas dactilares, el juez emitió una orden de deportación. De esta forma tenía 30 días para abandonar el país.  

Sin embargo, recibió la notificación de aprobación de su residencia permanente, mientras su abogado pedía una extensión de su caso. 

Este tipo de situaciones puede surgir debido a descoordinaciones administrativas en el sistema migratorio. Es esencial que los inmigrantes mantengan una comunicación constante con sus representantes legales y estén atentos a todas las notificaciones oficiales para abordar cualquier discrepancia de manera oportuna. 

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                                         I-220A: lo que todo cubano debe saber sobre este formulario y su impacto en la Ley de Ajuste

Ley de Ajuste Cubano  

La Ley de Ajuste Cubano, vigente desde 1966, permite a los ciudadanos cubanos que han estado físicamente presentes en Estados Unidos durante al menos un año solicitar la residencia permanente. Sin embargo, cambios en las políticas migratorias y procedimientos administrativos pueden afectar la aplicación de esta ley. 

Para aquellos que enfrentan circunstancias similares, se recomienda: 

  • Asesoramiento legal especializado: Buscar abogados con experiencia en leyes de inmigración para recibir orientación adecuada. 
  • Documentación detallada: Mantener registros de todas las comunicaciones y documentos relacionados con el proceso migratorio. 
  • Cumplimiento de plazos: Responder puntualmente a todas las citas y requerimientos de las autoridades migratorias. 

Cubanos con I-220

Con la administración de Joe Biden, miles de cubanos a ccedieron por la frontera sur de Estados Unidos y lo hicieron bajo la categoría I-220. La misma, podía ser de tipo A o B, y esa letra definiría el futuro del migrante en territorio norteamericano. 

Aquellos que fueron identificados como I-220A tenían un “permiso” para permanecer en el país, hasta que se definiera su estado migratorio. Al no recibir parole, su situación es más complicada cuando solicitan la “green card”. Afortunadamente, muchos casos han sido ganados, como el de esta cubana, y terminan otorgándoles la residencia. 

Para quienes fueron notificados como I-220B la cosa es mucho más seria. Estos cubanos tienen sobre sí una orden de deportación, la cual se puede hacer efectiva en cualquier momento. Esto implicaría que tendrían que abandonar el páis y que, probablemente, sus casos de residencia no sean aprobados. 

Ante cualquiera de las dos situaciones, siempre se recomienda contar con un experto en temas migratorios que pueda asesorar correctamente y ofrecer ayuda legal ante cualquier circunstancia. 

Historias como la de Amy demuestran la importancia de estar bien informado y preparado para enfrentar posibles desafíos en el camino hacia la residencia permanente en Estados Unidos. 

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