Nueva ley de alquiler en Florida: qué cambia desde el 1 de octubre para inquilinos y dueños
Desde el 1 de octubre de 2026, mentir en una solicitud de alquiler o entregar documentos falsos para rentar una vivienda en Florida es delito grave. La ley ya está en vigor. Para el inquilino honesto que usa sus documentos reales no cambia absolutamente nada. Para quien engañó o piense engañar al dueño, las consecuencias son serias. Esto es lo que tienes que saber.
Qué dice la nueva ley HB 1293
La ley se llama CS/HB 1293 de 2026, con el título oficial Fraudulent Entry into Residential Dwellings, y forma parte del Capítulo 2026-143 de los estatutos de Florida. El gobernador Ron DeSantis la firmó el 12 de junio de 2026.
El dato que dice todo sobre esta ley: fue aprobada 110 a 0 en la Cámara y 34 a 0 en el Senado. No hubo un solo voto en contra. Entró en vigor el 1 de octubre de 2026.
Puedes leer el texto completo en flsenate.gov/Session/Bill/2026/1293.
Qué se considera fraude al alquilar
La ley es específica. Para que haya fraude, tienen que pasar dos cosas al mismo tiempo:
- Engañar al dueño con información falsa por escrito
- Entrar y quedarse en la vivienda
Esto es lo que cuenta como fraude según el nuevo artículo 817.537 de los estatutos de Florida:
- Dar una identidad falsa en la solicitud de alquiler.
- Entregar documentos falsificados: licencia de conducir, identificación, estados de cuenta bancarios o talones de pago que no son tuyos o que fueron alterados.
- Hacerte pasar por otra persona durante el proceso de solicitud.
Qué NO es fraude
- Cometer un error involuntario en la solicitud.
- No tener un documento determinado. La ley no obliga a tener ningún documento específico para alquilar. No tener algo no es lo mismo que falsificarlo.
- Tener un estatus migratorio distinto. La ley no menciona el estatus migratorio como parte del fraude.
Qué pena tiene
El fraude al alquilar bajo esta ley es un delito grave de tercer grado (third-degree felony) en Florida. Según las reglas generales del estado, ese tipo de delito puede traer:
- Hasta cinco años de prisión
- Hasta cinco mil dólares de multa
No hace falta que el dueño haya perdido dinero para que haya delito. Basta con que la persona haya usado información o documentos falsos y haya entrado a vivir en la propiedad.
Qué puede hacer el dueño (y qué no puede hacer)
Si el dueño descubre que el inquilino cometió fraude al solicitar la vivienda, la ley modifica el artículo 83.56 de los estatutos de Florida para darle una herramienta clara.
Lo que puede hacer:
El fraude en la solicitud se considera un incumplimiento del contrato que no se puede corregir. Eso significa que el dueño puede darle al inquilino un aviso escrito de 7 días para que desocupe la propiedad. No tiene que esperar a que haya cargos penales ni a que se resuelva ningún caso judicial. El aviso de siete días es suficiente para iniciar el proceso.
Lo que no puede hacer:
Si el inquilino no se va en esos siete días, el dueño tiene que ir a un desalojo judicial normal. No puede cambiar las cerraduras, sacar las pertenencias a la calle ni cortar los servicios. En Florida, como antes de esta ley, el dueño nunca puede sacar a un inquilino por su cuenta. Siempre tiene que pasar por el juez.
Lo que no cambia
Esta ley toca una sola cosa: el fraude en la solicitud. Todo lo demás sigue igual.
- No cambian los depósitos. Las reglas sobre cuánto puede cobrar el dueño de depósito, cómo debe guardarlo y cuándo tiene que devolverlo son las mismas que antes.
- No cambian los plazos de aviso generales. Para situaciones que no sean fraude, los plazos de aviso siguen siendo los mismos de siempre.
- No hace falta licencia de conducir de Florida para alquilar. La ley no exige ningún documento específico.
- No hace falta ningún estatus migratorio para alquilar. La ley no menciona el estatus migratorio en ningún punto.
Consejos si vas a rentar en Florida
La ley no complicó el proceso de alquilar para quien lo hace honestamente. Pero sí vale la pena tener orden con los documentos.
- Usa siempre tus documentos reales. Tu nombre, tu identificación, tus talones de pago o tu historia bancaria tal como son. Si el dueño pide algo que no tienes, di que no lo tienes. Eso no es fraude.
- Guarda una copia de todo lo que firmes y entregues. La solicitud, el contrato, los documentos que presentaste. Si alguna vez hay una disputa, tener esa copia es tu protección.
- Pide recibo de todo lo que pagues. Depósito, primer mes, cualquier cargo adicional. En Florida el dueño está obligado a darte esa información por escrito.
(Próximamente en esta sección: lo que necesitas saber sobre la licencia de conducir en Florida a partir de noviembre 2026.)
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Preguntas frecuentes
¿Necesito licencia de conducir de Florida para alquilar?
No. La ley HB 1293 no exige ningún documento específico para alquilar. Lo que prohíbe es falsificar o entregar documentos que no son tuyos. Si no tienes licencia de Florida, puedes presentar otra identificación válida o decirle al dueño que no la tienes. Eso no es fraude.
¿Me pueden desalojar en 7 días?
El aviso de 7 días solo aplica si el dueño tiene evidencia de que cometiste fraude en la solicitud. Y si no te vas en ese plazo, el dueño tiene que iniciar un proceso de desalojo judicial normal. Nadie puede sacarte de tu casa sin que un juez lo autorice, aunque te den ese aviso.
¿Cambian los depósitos con esta ley?
No. Las reglas sobre depósitos en Florida no cambiaron. El dueño sigue teniendo los mismos límites y obligaciones de siempre sobre cómo cobrar, guardar y devolver el depósito.
¿Desde cuándo rige esta ley?
La ley CS/HB 1293 entró en vigor el 1 de octubre de 2026. Fue firmada por el gobernador DeSantis el 12 de junio de 2026 y aprobada por unanimidad en ambas cámaras del estado.
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