Aduana de Cuba 2026: paneles solares y baterías sin arancel, plantas eléctricas con valor de referencia
Actualizado el 19 de octubre de 2026 · Fuentes oficiales: Gaceta Oficial No. 66 — Resolución 180/2026 y Gaceta Oficial No. 83 — Resolución 340/2026
Los equipos de energía solar y los generadores eléctricos tienen reglas aduaneras completamente distintas entre sí, y confundirlos puede costar dinero. Los paneles solares, las baterías de litio y los inversores entran sin pagar el Impuesto Aduanero y sin contar dentro del límite general del viajero. Las plantas eléctricas a gasolina sí pagan, según su potencia. Esta guía explica cada caso con los valores oficiales de la Gaceta.
La distinción clave: solar versus combustible
Todo depende de una pregunta: ¿el equipo aprovecha energía renovable o quema combustible?
Los equipos de energía solar y renovable, como paneles fotovoltaicos, baterías, inversores, calentadores solares, bombas fotovoltaicas y pequeños aerogeneradores, tienen exención total del Impuesto Aduanero. La norma que los regula es la Resolución 180/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada en la Gaceta Oficial No. 66 el 7 de agosto de 2026. La exención está vigente hasta el 31 de diciembre de 2027.
Las plantas eléctricas a gasolina o combustible y las estaciones de energía portátil no tienen esa exención. Pagan arancel según su potencia, con los valores de referencia fijados en la Resolución 340/2026 de la Aduana General de la República, publicada en la Gaceta Oficial No. 83 el 5 de octubre de 2026 y vigente desde el 12 de octubre.
Equipos solares y renovables: sin arancel hasta el 31 de diciembre de 2027
La Resolución 180/2026 exime del Impuesto Aduanero a los siguientes equipos y componentes cuando son importados por personas naturales:
- Paneles solares fotovoltaicos y células fotovoltaicas ensambladas en módulos.
- Baterías eléctricas y acumuladores de iones de litio.
- Inversores, convertidores y transformadores para sistemas de energía renovable.
- Controladores de carga y estructuras de soporte para instalaciones fotovoltaicas.
- Calentadores solares.
- Bombas fotovoltaicas.
- Pequeños aerogeneradores.
- Biodigestores de geomembrana.
- Aires acondicionados que funcionen a partir de fuentes renovables.
Dos condiciones que no pueden ignorarse
- Los equipos deben presentarse ante la Aduana separados del resto del equipaje o artículos. Si van mezclados con otros productos, pierden la exención.
- Para que aplique la exención, el artículo debe corresponder con las subpartidas arancelarias incluidas en el Anexo I de la Resolución 180/2026. El listado tiene 60 subpartidas. Si tienes dudas sobre si un equipo específico está incluido, la Aduana General de la República es la fuente que resuelve esa pregunta.
Y un beneficio adicional muy importante: los equipos de energía solar amparados por la exención no computan dentro del límite general de mil USD que tiene el viajero para importaciones no comerciales. Puedes llevar paneles solares y baterías por encima de ese límite sin que afecten tu cupo general de equipaje.
Plantas eléctricas a gasolina: límite de dos y valores de referencia
Las plantas generadoras de electricidad a combustible no tienen exención. Pagan el Impuesto Aduanero según su potencia, con los valores de referencia fijados en la Resolución 340/2026.
Plantas generadoras de electricidad
| Potencia | Valor de referencia aduanero |
| Hasta 900 VA | 200 USD |
| Mayor de 900 VA hasta 1,500 VA | 500 USD |
| Mayor de 1,500 VA hasta 15 kVA | 950 USD |
Límite: hasta 2 unidades del mismo tipo como importación no comercial. Si traes más, el excedente puede pasar al canal comercial con pago en dólares.
Estaciones de energía portátil
Las estaciones de carga portátil, como los equipos de batería recargable que funcionan como respaldo eléctrico sin panel solar, también están sujetas a valores de referencia.
| Potencia | Valor de referencia aduanero |
| Hasta 1,500 W | 300 USD |
| Mayor de 1,500 W hasta 3,000 W | 400 USD |
| Mayor de 3,000 W | 500 USD |
Límite: hasta 2 unidades del mismo tipo como importación no comercial.
Cuánto paga una planta eléctrica: ejemplos con números
Las plantas eléctricas entran dentro del límite general del viajero de mil USD. El Impuesto Aduanero que aplica desde el 12 de octubre de 2026 para el canal comercial es del 15 por ciento al 30 por ciento progresivo sobre el valor que exceda el cupo no comercial. Para los envíos, aplica el 30% sobre el valor que exceda los primeros 30 USD exentos.
Ejemplo 1: Planta hasta 900 VA por equipaje acompañado
Valor de referencia: 200 USD. Esta planta entra dentro del límite general de 1,000 USD del viajero. Si el resto de tu equipaje ya suma 800 USD, la planta completa el cupo exactamente. No paga arancel adicional por sí sola si estás dentro del cupo.
Ejemplo 2: Planta de 900 VA a 1,500 VA como envío
Valor de referencia: 500 USD. El límite del envío es 200 USD o 20 kg. Una planta de este rango supera el límite del envío ordinario. Puede gestionarse como importación comercial con el arancel del 30 por ciento sobre los 500 USD, lo que da un pago de 150 USD, más la tasa de servicio de la Aduana. Este proceso requiere gestionarse directamente con la empresa de envíos o la Aduana.
Ejemplo 3: Estación de energía portátil hasta 1,500 W
Valor de referencia: 300 USD. Como equipaje acompañado, entra dentro del límite general de mil USD. Como envío, supera el límite de 200 USD del paquete ordinario y requiere gestión comercial.
La diferencia práctica para quien va a enviar
Si tienes que elegir entre enviar un panel solar con batería o un generador a gasolina, la aduana trata estas dos opciones de forma muy distinta:
- Panel solar + batería de litio + inversor: sin Impuesto Aduanero, sin contar en el cupo del viajero, exención válida hasta el 31 de diciembre de 2027. Solo hay que declararlos por separado.
- Generador a gasolina: cuenta dentro del cupo de 1,000 USD, paga según el valor de referencia de su potencia, límite de 2 unidades del mismo tipo.
Para quien tiene dudas sobre cuál opción le conviene según lo que necesita la familia, puedes comunicarte a nuestro WhatsApp +1 (786) 600-7080 y uno de nuestros agentes te ayudará.
Artículos recomendados
Aduana de Cuba 2026: la nueva ley, lo que cambió y lo que no
Aduana de Cuba 2026: lo que cambia desde el 12 de octubre si llevas mercancías de más
Aduana de Cuba 2026: cuánto paga tu paquete
Preguntas frecuentes
¿Los paneles solares pagan arancel en Cuba?
No. La Resolución 180/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios exime del Impuesto Aduanero a los paneles solares fotovoltaicos, baterías de litio, inversores y otros componentes de energía renovable. La exención está vigente hasta el 31 de diciembre de 2027. Los equipos deben declararse por separado del resto del equipaje.
¿Los paneles solares cuentan dentro del límite de mil USD del viajero?
No. Los equipos de energía solar amparados por la Resolución 180/2026 no computan dentro del límite general de importación no comercial de mil USD. Esto es una ventaja importante respecto a los generadores a gasolina, que sí cuentan dentro de ese cupo.
¿Cuántas plantas eléctricas puedo llevar a Cuba?
Hasta 2 plantas del mismo tipo como importación no comercial, según la Resolución 340/2026. El valor de referencia va de 200 USD para las de hasta 900 VA a 950 USD para las de hasta 15 kVA.
DimeCuba es una empresa multiservicios enfocada en la comunidad cubana. Con nosotros puedes realizar:
- Envíos a Cuba: Plantas eléctricas para Cuba | Electrodomésticos para Cuba | Paneles solares para Cuba | Combos de carne y pollo | Combos de comida
- Recargas Cubacel a Cuba
- Viajes: Vuelos a Cuba | Renta de carros en Cuba | Paquetes a Punta Cana | Trámites migratorios y pasaporte
Direcciones para recepción y envío de paquetes:
Hialeah / Promenade: 3705 W 20th Ave, Suite 125, Hialeah, FL 33012.
Tampa: 4040 West Waters Ave, Suite 103, Tampa, FL 33614.
Horario: lunes a viernes de 10:00 am a 6:00 pm y sábados de 10:00 am a 4:00 pm.
Teléfono: +1 786-408-2088 | WhatsApp: +1 786-600-7080.



