Si eres inmigrante, obtener la residencia americana o la Tarjeta Verde (Green Card) te concederá el estatus legal que necesitas para vivir y trabajar permanentemente en EE. UU. Sí, la tarjeta de residencia será tu puerta de entrada para establecerte legalmente en “los States”. Además, tener la residencia permanente es uno de los requisitos indispensables para solicitar la ciudadanía estadounidense.
¿Cuáles son los beneficios de un residente americano? ¿Cómo obtener la residencia americana? ¿Qué requisitos para la residencia americana se necesitan? ¿Cuáles son las formas de obtener la residencia permanente? En este artículo te brindamos toda la información necesaria para permanecer legalmente en EE. UU. al solicitar una residencia americana.
Índice de contenido
- ¿Qué es ser residente americano?
- ¿A qué países puedo viajar con residencia americana?
- Cómo obtener la residencia en Estados Unidos: 9 maneras de adquirirla
- 1. Residencia Permanente para inmigrantes basados en la familia
- 2. Residencia americana para inmigrantes a través de un empleo
- 3. Residencia Permanente a través de la Lotería de Visas de Diversidad
- 4. Residencia Permanente para naturales o ciudadanos cubanos (Ley de Ajuste Cubano)
- 5. Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano
- 6. Residencia americana a través del estatus de refugiado o asilado
- 7. Residencia americana por ser inmigrante especial
- 8. Residencia americana por ser víctima de trata de personas y otros crímenes
- 9. Residencia americana por ser víctima de abuso o crueldad extrema
- Otras formas
- Cómo solicitar la residencia americana
- Preguntas frecuentes sobre la residencia americana
- Cómo obtener la Green Card si tengo visa de turista
- En DimeCuba te asesoramos para solicitar la residencia americana
¿Qué es ser residente americano?
Ser un residente americano significa tener un estatus legal que permite a inmigrantes elegibles vivir, trabajar y estudiar de forma legal y permanente en territorio de los Estados Unidos, según lo estipulado en la página oficial del Gobierno de EE. UU. Los residentes permanentes están protegidos por la Ley de Derechos Civiles de 1964 y pueden disfrutar de algunos de los mismos beneficios públicos que los ciudadanos americanos.
En este sentido, la tarjeta de residencia americana es la prueba de tu estatus. Por lo tanto, para que puedas mantenerte de manera legal en el territorio estadounidense es indispensable que cuentes con este documento. De lo contrario, tu estancia será considerada ilegal y podrías ser deportado a tu país de origen, algo que no quieres que ocurra, ¿verdad? Así pues, en este artículo te orientaremos a la hora de realizar todos los trámites para el proceso de solicitud de la residencia estadounidense.
Diferencia entre residente y ciudadano americano
Si bien tener la residencia americana permite a los inmigrantes vivir y trabajar de forma legal en los Estados Unidos, existen ciertas diferencias en derechos entre los ciudadanos americanos y los residentes permanentes. En primer lugar, solo los ciudadanos americanos tienen derecho a ejercer el voto en las elecciones presidenciales y, además, solo estos pueden acceder a ciertos empleos federales.
Por otra parte, los residentes no pueden ser elegidos representantes de los ciudadanos, a nivel local, estatal o federal y tampoco pueden ser jurado en juicios civiles o penales. Los residentes tienen ciertas limitaciones para vivir fuera de Estados Unidos por tiempo prolongado, en cambio los ciudadanos americanos pueden residir en el extranjero el tiempo que deseen sin perder su estatus.
Aunque los residentes pueden solicitar la residencia americana para familiares, este proceso es mucho más lento y largo que para los ciudadanos norteamericanos. Asimismo, si los residentes cometen algún crimen o falta, corren el riesgo de ser deportados; mientras que si lo hace algún ciudadano americano será responsable penalmente y/o civilmente, pero no se le quita el derecho a vivir en los Estados Unidos.
Además, la ciudadanía americana no se tiene que renovar, a diferencia de la Green Card, que debe ser renovada cada 10 años. Y, finalmente, los beneficios sociales como los cupones de alimento, por ejemplo, se aplican de manera diferente a ciudadanos americanos y a residentes.
Beneficios de un residente americano
Tener una tarjeta de residente permanente te confiere el derecho a:
- Vivir permanentemente en cualquier territorio estadounidense, siempre que no comentas alguna acción por la cual puedas ser deportado según la ley de inmigración.
- Trabajar legalmente en los Estados Unidos. No obstante, hay algunos empleos federales a los que solo pueden aplicar los ciudadanos americanos.
- Tener la posibilidad de solicitar la ciudadanía americana, siempre y cuando cumplas con el tiempo necesario según tu situación y con los demás requisitos. En nuestra guía sobre la ciudadanía estadounidense podrás conocer más detalles sobre este tema.
- Poder solicitar la residencia permanente para a parientes inmediatos, esto es, padres, cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de edad.
- Obtener beneficios públicos como la seguridad social. Dentro de esta se incluyen ayudas para cubrir el costo de los alimentos o el cuidado de niños, además de recibir asistencia para cubrir los costos de atención médica.
- Tener una propiedad en los Estados Unidos
- Solicitar una licencia de conducir en su estado o territorio.
- Asistir a escuelas y universidades públicas. También pueden recibir tasas de matrícula reducidas en universidades o solicitar ayuda financiera federal para cubrir los costos.
- Viajar dentro y fuera de los Estados Unidos. No obstante, ten en cuenta que estar por un tiempo prolongado fuera del país puede traerte problemas con Inmigración. Lo recomendable es que si vas a permanecer en el extranjero durante un año o más presentes Permiso de Reingreso mediante el Formulario I-131 que acredita que no tiene intención de abandonar tu estatus de residente permanente. Además, ten en cuenta que una ausencia de seis meses o más afecta el requisito de “residencia continua” necesario para solicitar la ciudadanía americana.
- Unirse a algunos sectores de las Fuerzas Armadas de los EE. UU.
- Comprar o poseer armas de fuego, a menos que existan leyes locales o estatales que lo prohíban.
¿A qué países puedo viajar con residencia americana?
Uno de los beneficios de tener la tarjeta de residencia permanente es que puedes viajar fuera de los Estados Unidos sin solicitar visa. Sin embargo, a diferencia de los ciudadanos americanos que pueden viajar a más de 170 países sin tener que solicitar visado, la lista de países a los que puede viajar una persona que tenga residencia americana se reduce considerablemente.
Ahora bien, es importante que sepas que para visitar un país extranjero las políticas de inmigración de dicho país suelen considerar primero tu pasaporte (es decir, tu nacionalidad) más que tu tarjeta de residencia. Por tanto, si para entrar a un país determinado por tu nacionalidad necesitas visa, por lo general, tendrás que solicitarla incluso si posees la residencia estadounidense.
Veamos a qué países puedes visitar con la Green Card sin una visa.
- Canadá: Todas las personas, independientemente de su nacionalidad, que tengan residencia americana pueden viajar a Canadá sin tener que solicitar una visa de turismo canadiense. Si viajas por tierra, solo necesitas tu pasaporte y tu Tarjeta Verde. En cambio, si viajas por aire debes obtener una eTA (autorización electrónica de viaje) antes de viajar.
- México: Con una Tarjeta Verde de los Estados Unidos puedes viajar a México sin tener que solicitar una visa mexicana, independientemente de tu nacionalidad. No obstante, sí se requiere una tarjeta de turista mexicana (que no es lo mismo que una visa de México).
- Costa Rica: Si posees la residencia permanente en Estados Unidos no tienes que solicitar un visado consular de Costa Rica para visitar este país.
- Georgia: Es otro de los países a los que puedes viajar sin visa con Green Card de EE. UU.
- Islas Vírgenes Británicas: La Tarjeta Verde de los EE. UU. permite ingresar a las Islas Vírgenes Británicas. Solo necesitas pasaporte, comprobante de alojamiento y boleto de vuelo de regreso.
- Islas que componen la parte caribeña de los Países Bajos: Estas islas (Aruba, Bonaire, Curazao, Saba, San Eustaquio, St Maarten) permiten la entrada con la residencia americana.
- Los Balcanes: Albania, Bosnia y Herzegovina, Serbia, Montenegro y Kosovo no requieren visa consular si posees o una visa estadounidense o la residencia americana.
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Cómo obtener la residencia en Estados Unidos: 9 maneras de adquirirla
Aunque las vías más usuales para conseguir la residencia americana son a través de un familiar o de un empleador, también existen otras formas de convertirte en residente de los Estados Unidos. Repasamos todas y cada una de las maneras de obtener la residencia americana.
1. Residencia Permanente para inmigrantes basados en la familia
Si eres familiar de algún ciudadano americano o de un residente permanente y cumples con los requisitos de elegibilidad, tienes la posibilidad de aplicar a la residencia americana para obtener una Tarjeta Verde o Green Card. Ahora bien, hay varias categorías en dependencia del “grado familiar” que tengas con el ciudadano americano o residente permanente. A continuación, las comentamos.
- Familiar directo de un ciudadano estadounidense
Se considera “familiares directos” de un ciudadano norteamericano al cónyuge, a los hijos solteros menores de 21 años y a los padres del ciudadano. Si aplicas en algunas de estas categorías, debes saber que se puede solicitar la residencia por esta vía tanto si estás en Estados Unidos como si estás fuera de él.
- Familiar de un ciudadano estadounidense o de un residente permanente legal bajo las categorías preferenciales basadas en la familia
Si no eres un “familiar directo” de un cuidado americano, no te preocupes, hay otras categorías que también se consideran para aplicar a la residencia permanente a través de la familia. Además, también veremos a qué familiares pueden pedir un residente americano. Eso sí, a diferencia de lo que ocurre con los familiares inmediatos, los números de visa de inmigrante para las categorías de preferencia basadas en la familia son limitados.
Los familiares elegibles son:
- Primera preferencia (F1): Hijos e hijas de ciudadanos estadounidenses, que sean solteros(as) y tengan 21 años de edad o más.
- Segunda preferencia (F2A): Cónyuges e hijos (solteros, menores de 21 años de edad) de residentes permanentes legales.
- Segunda preferencia (F2B): Hijos e hijas solteros, de 21 años de edad, de residentes permanentes legales.
- Tercera (F3): Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses.
- Cuarta preferencia (F4): Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses si el ciudadano estadounidense tiene 21 años de edad o más.
- Petición de residencia americana para prometido(a) extranjero(a)
Si estás prometido(a) con un ciudadano estadounidense, podrás ingresar a los Estados Unidos mediante la petición de la visa K-1, siempre y cuando contraigan matrimonio en un plazo no mayor de 90 días. La tarifa de presentación de esta visa tiene un costo de $535. Una vez casados, entonces podrás solicitar la residencia americana basada en el matrimonio. Uno de los requisitos fundamentales es que el patrocinador tiene que ser un ciudadano americano. Es decir, los residentes permanentes legales no pueden patrocinar a un prometido para una visa K-1.
Además, ambos deben demostrar que al momento de la solicitud están solteros y también presentar una declaración firmada de la intención de casarse una vez llegado el prometido(a) a Estados Unidos. Por otra parte, deben mostrar evidencia de la legitimidad de la relación, por ejemplo, con fotografías de la pareja, itinerarios de vuelos y/o viajes en pareja, cartas o correos electrónicos personales entre ustedes, etc., y que se han visto en persona al menos una vez dentro de los dos años anteriores a la presentación del formulario. De igual manera, el ciudadano americano debe cumplir ciertos requisitos financieros.
Los ciudadanos americanos también pueden solicitar la visa K-3 para su cónyuge y la K-4 para sus hijos. En el caso de la visa K-3, no hay tarifa de presentación.
- Petición de residencia americana por medio de estatus de viudo(a)
Si estabas casado(a) con un ciudadano estadounidense al momento del fallecimiento de este, puedes solicitar la Green Card. Para hacerlo debes enviar el Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial.
- Lectura sugerida: En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber sobre los trámites de Petición Familiar o Reclamación en EE. UU.
2. Residencia americana para inmigrantes a través de un empleo
¿Cómo obtener residencia americana por trabajo? Podrías ser elegible para solicitar la residencia americana en calidad de “trabajador inmigrante” si cumples alguno de los siguientes requisitos:
- Primera categoría de preferencia: Si tienes aptitudes en las ciencias, las artes, la educación, los negocios, o los deportes; eres profesor o investigador sobresaliente o eres algún ejecutivo o gerente de una multinacional.
- Segunda categoría de preferencia: Se encuentran los extranjeros que son miembros de las profesiones que requieren un posgrado o tienen una aptitud excepcional.
- Tercera categoría de preferencia: Si aplicas como trabajador diestro, es decir, que tu empleo requiere un mínimo de 2 años de capacitación o experiencia laboral; un profesional, esto es, que tu empleo requiere al menos un grado de bachillerato estadounidense o su equivalente en el extranjero y eres miembro de dicha profesión; o un trabajador no diestro, lo que significa que harás labores no diestras que requieren menos de 2 años de capacitación o experiencia.
También los médicos con exención por interés nacional pueden aplicar a la residencia siempre que sea para trabajar a tiempo completo en práctica clínica en un área de poco acceso médico durante un periodo determinado. Además, debe cumplir con otros requisitos de elegibilidad.
En el caso de que seas un inversionista inmigrante, para aplicar a la residencia americana tendrás que haber invertido o estar en proceso de inversión de, como mínimo, $1 millón en una nueva empresa comercial en Estados Unidos. Además, esta empresa deberá crear posiciones a tiempo completo para al menos 10 empleados cualificados.
3. Residencia Permanente a través de la Lotería de Visas de Diversidad
La tan conocida Lotería de Visas de Diversidad es otra oportunidad para ser elegible a la residencia americana. Ten en cuenta que, aunque ganes la lotería, si resides fuera de los Estados Unidos, deberás solicitar tu ingreso al país a través de los trámites consulares; es decir, mediante la solicitud de visa de inmigrante. Si estás residiendo en los EE. UU con estatus migratorio temporal, deberás solicitar la Tarjeta Verde mediante un cambio de estatus migratorio.
En esta guía hemos preparado todo lo que debes saber si ganas la Lotería de Visas de Estados Unidos. Si has aplicado al “bombo”, quién sabe si la suerte se pone de tu lado. ¡Échale un vistazo a nuestro artículo!
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- Lotería de visas de diversidad para Estados Unidos: Guía para participar en el bombo
- Nuevas leyes migratorias de Estados Unidos para Cuba 2022: medidas para los cubanos
4. Residencia Permanente para naturales o ciudadanos cubanos (Ley de Ajuste Cubano)
La Ley de Ajuste Cubano es una ley federal que permite a los cubanos convertirse en residentes permanentes legales en Estados Unidos. Esta ley ofrece una serie de beneficios y privilegios migratorios a los ciudadanos cubanos, por tanto, es una de las vías para que los cubanos puedan obtener la Tarjeta Verde o residencia permanente después de un año y un día de haber vivido en Estados Unidos. En DimeCuba hemos preparado una guía completa sobre todos los requisitos, beneficios y pasos para aplicar a la Ley de Ajuste Cubano. Puedes consultarla aquí.
5. Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano
Si como peticionario presentaste todos los documentos necesarios antes del 17 de febrero de 2015, no tienes que presentar ningún formulario ni pagar una tarifa para solicitar un permiso de ingreso mediante el programa CFRP.
En cambio, si no solicitaste el programa CFRP cuando realizaste la Petición de Familiar Extranjero mediante el Formulario I-130, ahora es necesario que esperes a que el Centro Nacional de Visa (NVC) te envíe una nueva invitación por escrito antes de que pueda solicitar el programa CFRP. Si requieres hacer este proceso para llevar a los Estados Unidos a un familiar tuyo, asegúrate de contactar al NVC mediante este formulario de consulta en línea. Es muy importante que el NVC tenga tu dirección postal más reciente para que te haga llegar la carta de invitación.
Ten presente que NO puedes solicitar el programa CFRP si aún no has recibido la carta de invitación de la NVC. En dicha carta se te especificará dónde y cómo presentar la solicitud. Tampoco los residentes en Cuba pueden autopostularse.
Por otra parte, para ser elegible, el peticionario debe ser ciudadano americano o residente permanente legal, debe tener el Formulario I-130 aprobado por USCIS; no debe haber todavía una visa de inmigrante disponible para el familiar solicitado y debe haber recibido la carta de invitación de la NVC. Por su parte, el beneficiario debe ser un nacional cubano que resida actualmente en Cuba y que tenga un peticionario que haya sido invitado a participar en el programa CFRP.
Una vez recibida la invitación, se debe presentar el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, con documentación de apoyo y pagar la tarifa (el valor puede variar en dependencia de la edad y del tipo de solicitud que hagas. Consúltalas aquí) o presentar la Solicitud de Exención de Tarifas.
Si la USCIS determina que el beneficiario cubano es elegible para el programa, remitirá la solicitud a la Embajada de EE. UU. en La Habana. Posteriormente, el personal consular establecerá una cita para la entrevista con el ciudadano cubano. Finalmente, si es aprobado, se le emite el permiso de viaje al beneficiario para viajar a Estados Unidos.
6. Residencia americana a través del estatus de refugiado o asilado
Un inmigrante puede aplicar a la residencia americana por esta vía si sufre o ha sufrido persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, por pertenecer a ciertos grupos sociales o tener ciertas opiniones políticas. Para solicitar la residencia americana como asilado, debe haber sido concedido el asilo al menos un año antes. En el caso de los refugiados, también tendrían que solicitarla al menos un año después haber sido admitido como tal.
Consulta nuestra guía completa: Asilo político en Estados Unidos: Guía completa para solicitarlo con éxito en 2022
7. Residencia americana por ser inmigrante especial
Con “inmigrante especial” se refiere a:
- Trabajador religioso: Si va a Estados Unidos a trabajar para una organización religiosa sin fines de lucro.
- Jóvenes inmigrantes especiales: Se refiere a los menores que necesitan estar bajo la protección de la Corte por haber sufrido abuso, abandono o haber sido objeto de negligencia por parte de alguno de sus padres.
- Nacional afgano o iraquí: Si fungió como traductor afgano o iraquí para el Gobierno; si estuvo empleado por o para el Gobierno de EE.UU. en Iraq en o después del 20 de marzo de 2003, durante al menos un año; o si era un afgano empleado por la Fuerza de Ayuda de Seguridad Internacional.
- Representante de los Medios de Comunicación Internacionales: Siempre que vaya a los EE. UU. a trabajar como miembro de los medios de comunicación de la Agencia Estadounidense para los Medios Globales (USAGM) o como beneficiario de esta.
- Empleado (o su familiar) de una organización internacional o un empleado (o su familiar) de OTAN.
8. Residencia americana por ser víctima de trata de personas y otros crímenes
Si has sido víctima de trata de personas y tienes una visa de No Inmigrante T, también puedes aplicar a la residencia permanente. Por otra parte, las personas que son víctimas de otros crímenes, esto es, que han sufrido abuso mental o físico sustancial como resultado del crimen, y tengan la visa de No Inmigrante U también podrán ser elegibles para la residencia estadounidense.
9. Residencia americana por ser víctima de abuso o crueldad extrema
Si has sido víctima de abuso o crueldad extrema cometido por un cónyuge o excónyuge que es ciudadano estadounidense o residente permanente legal; un padre que es ciudadano estadounidense o residente permanente legal o un hijo(a) que es ciudadano estadounidense, podrás ser elegible a la residencia americana.
Otras formas
Existen otras formas, menos conocidas, para solicitar la residencia americana. Si ninguna de las anteriores es aplicable a tu situación, te aconsejamos revisar cuáles son las otras y todos sus requisitos en este enlace.
Cómo solicitar la residencia americana
A continuación, comentaremos todos los pasos para adquirir la residencia americana. Ten en cuenta que la solicitud para ser residente permanente se puede realizar tanto si estás en los Estados Unidos, mediante el Ajuste de Estatus, como si te encuentras fuera de este país, a través de trámites consulares. ¡No te preocupes!, nos detendremos en ambas vías.
Residencia americana si estás presente en Estados Unidos (Ajuste de estatus)
1. Determinar si eres elegible para una Green Card
Lo primero que debes hacer es saber si aplicas a algunas de las categorías de inmigrante mencionadas más arriba (por familiar, por empleo, por Lotería de Visas, etc.) para solicitar una Tarjeta de Residente Permanente.
2. Estar patrocinado
Por lo general, para solicitar la residencia permanente a través de un empleo, familia o en calidad de inmigrante especial, se debe contar con un patrocinador (que puede ser ciudadano americano o residente legal) para que presente el Formulario de Petición de Inmigrante y la solicitud de Tarjeta de Residente Permanente (Formulario I-485) a nombre del beneficiario. No obstante, en algunos casos, la propia persona puede solicitar la petición por sí misma (autopeticionar).
3. Presentar el formulario correspondiente
El patrocinador debe presentar, en primer lugar, el formulario que se corresponda a la categoría en la que apliques. A continuación, listamos los formularios más comunes:
- Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero: Para las personas que entren dentro de la categoría de familiar inmediato de un ciudadano estadounidense y familiar de un ciudadano estadounidense o de un residente permanente legal bajo las categorías preferenciales basadas en la familia.
- Formulario I-129F, Petición de Prometido o Prometida Extranjero(a): Para las personas admitidas en Estados Unidos en calidad de prometido(a) de un ciudadano estadounidense o como cónyuge.
- Formulario I-140, Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero: Para todos aquellos que aplican bajo la categoría de inmigrantes a través de un empleo.
- Formulario I-730, Petición de Familiar de Refugiado/Asilado: Para lo familiares (cónyuge y/o hijos no casados menores de 21 años de edad) si han sido admitido en Estados Unidos como un refugiado o asilado.
- Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial: Pueden presentarlo por sí mismas (sin necesidad de un patrocinador). En el caso de las personas viudas cuyo cónyuge no había solicitado antes de su fallecimiento el Formulario I-130. Si el cónyuge hubiera presentado el Formulario I-130, este se convertirá automáticamente en el Formulario I-360.
- Formulario I-526, Petición de Inmigrante por Empresario Extranjero: Para los que entran bajo la categoría de inversionistas inmigrantes.
- Formulario I-918, Petición de Estatus de No Inmigrante U: Para un extranjero que es víctima de una actividad criminal cualificada. Si deseas solicitar también para tus familiares, debes presentar este Formulario I-929, Petición de Familiar Cualificado de un No Inmigrante U-1.
Solo con una petición de inmigrante aprobada se podrá solicitar la residencia americana a través del Ajuste de Estatus. No obstante, en algunos casos específicos, se puede tramitar conjuntamente la Petición de Inmigrante y el Formulario I-485 de solicitud de una Tarjeta Verde. Los casos especiales son:
- Familiares directos de ciudadanos americanos que residen en los Estados Unidos
- Personas que solicitan bajo la categoría de empleo y sus familiares elegibles, siempre que haya un número de visa inmediatamente disponible
- Trabajadores religiosos que solicitan visa especial de inmigrante y sus miembros familiares elegibles
- Inmigrantes Especiales Juveniles
- Cónyuge o hijo maltratado que autopeticiona si el cónyuge o padre abusivo es ciudadano estadounidense o si hay un número de visa de inmigrante disponible inmediatamente.
- Algunos miembros de las Fuerzas Armadas que solicitan una visa especial de inmigrante bajo la Sección Section 101(a)(27)(K) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad
- Inmigrante especial empleado por una organización internacional o su familiar inmediato.
4. Verificar la disponibilidad de visa
Una vez que esté aprobada la Petición de Inmigrante, es necesario conocer la disponibilidad de visas antes de solicitar el Formulario I-485. El Departamento de Estado distribuye el número de visas de inmigrante que se pueden emitir anualmente a los extranjeros. Ten en cuenta que para algunas categorías de inmigrantes las visas tienen un número limitado al año.
Según la página oficial de la USCIS, las visas para la residencia americana basadas en la familia están limitadas a un mínimo de 226 000 por año. No obstante, en la propia página se explica que las visas de inmigrante disponibles para familiares directos de ciudadanos estadounidenses son ilimitadas, por lo que están disponibles en todo momento. En el caso de la solicitud de la categoría basadas en el empleo, el número de visas se reduce a un mínimo de 140 000 por año.
Para saber si hay visas disponibles y poder solicitar el Formulario I-485, debes visitar el Boletín de Visas. Luego, dirígete a la tabla “Fecha de Acción Final sobre Solicitudes”. En la primera columna busca tu tipo de visa (por ejemplo, el tipo F1 corresponde a hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses; el tipo F2A a cónyuges e hijos de residentes permanentes, etc.).
En las siguientes columnas encontrarás la fecha correspondiente a tu país de nacimiento. Si en la columna se muestra “Current”, «C» o una fecha anterior a tu fecha de prioridad (la fecha de prioridad es la fecha en que tu familiar o empleador presentó la Petición de Visa de Inmigrante a tu nombre ante USCIS), entonces puedes presentar la solicitud.
Cuando la cantidad de visas de inmigrante para un año fiscal es mayor que la cantidad de solicitantes, se puede utilizar la tabla que corresponde a “Fechas de Presentación de Solicitudes”, pero solo si se indica en la página Ajuste de las tablas de presentación de estatus del Boletín de Visas. En caso de que no se indique para tu tipo de visa, debes utilizar la tabla de “Fecha de Acción Final sobre Solicitudes”.
5. Presentar el Formulario I-485
El siguiente paso es descargar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, completarlo correctamente y enviarlo a la dirección establecida según la categoría de elegibilidad por la que presentas el ajuste de estatus, unido a toda la documentación requerida. Además, puedes consultar aquí la tarifa de presentación de este formulario según la categoría de elegibilidad.
6. Presentarse a la cita de toma de datos biométricos
Una vez presentado el Formulario I-485, recibirás una notificación para asistir a una cita de servicios biométricos en un Centro de Asistencia en Solicitudes local. En dicha entrevista tendrás que proporcionar tus huellas dactilares, fotografía y/o firma. Deberás llevar la notificación de cita (Formulario I-797C) y una identificación válida con foto (por ejemplo, pasaporte o licencia de conducir). Además, debes pagar la tarifa por servicios que es de $85 (solo para los solicitantes con edades comprendidas entre 14 y 78, lo demás no tienen que pagar).
7. Presentarse a la entrevista (en caso de que sea necesaria) o enviar evidencia adicional (si aplica)
La USCIS, después de evaluado tu caso, determinará si es necesario realizarte una entrevista. Si eres notificado para una entrevista, deberás presentarse en el día, hora y lugar establecido. Debes llevar los originales de todos los documentos para la residencia americana que presentaste junto con el Formulario I-485 y el examen médico para residencia americana. En cuanto a los exámenes médicos, deberán ser realizados por doctores autorizados. En esta página de la USCIS, podrás encontrar médicos autorizados.
Por otra parte, si se determina que no envió toda la evidencia requerida, que ya no es válida o que se solicita más información para determinar tu elegibilidad, se te hará llegar una solicitud en donde te pedirán exactamente qué documentos requieren y a dónde enviarlo.
8. Recibir la decisión final
En caso de ser aprobada tu solicitud de residencia americana, recibirás una notificación de aprobación y, posteriormente, tu Tarjeta de Residente Permanente. De ser denegada, se te enviará en la notificación la(s) razón(es) de la denegación. Aunque, por lo general, no se puede apelar, sí puedes ser elegible para solicitar una moción en donde pidas reabrir o considerar tu situación.
Residencia americana si estás fuera de Estados Unidos (Trámite consular)
1. Determinar si eres elegible para una Green Card
En este proceso, también debes verificar si te encuentras dentro de alguna de las categorías de elegibilidad que comentamos anteriormente (por familia, por empleo, por Lotería de Visas, etc.).
2. Solicitar la petición de inmigrante mediante formulario correspondiente
Según sea tu situación, necesitarás un peticionario (familiar o empleador) que haga la petición de inmigrante a través del formulario requerido. Para las peticiones basadas en familia, un familiar, que sea ciudadano estadounidense o residente permanente, debe presentar el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero.
En caso de solicitar inmigrar basado en empleo, el empleador debe presentar el Formulario I-140, Petición de Trabajador Extranjero, a nombre tuyo; pero si aplicas con el objetivo de ser un inversionista inmigrante, debes solicitarlo tú mismo, y a nombre propio, a través del Formulario I-526, Petición de Inmigrante por Empresario Extranjero.
Si entras dentro de las categorías de “viudo o viuda de un ciudadano estadounidense”, “amerasiático” o “inmigrante especial”, puedes presentar el Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), e Inmigrante Especial tú mismo u otra persona a tu nombre.
Sin embargo, la petición conjunta no es posible en los casos de tramitación consular, pues solo se puede tramitar en caso de que el inmigrante que desea cambiar de estatus se encuentre en los Estados Unidos.
3. Esperar la decisión
Si es aprobada la petición de inmigración, USCIS notificará al peticionario y la aprobación al Centro Nacional de Visa del Departamento de Estado. Tu aprobación se mantendrá en dicho lugar hasta que un número de visa esté disponible para ti.
Si fuera denegada la petición, se adjuntará la(s) razón(es) en la notificación que se envía al peticionario. En este caso, puedes apelar la decisión.
4. Esperar la notificación del Centro Nacional de Visas
Cuando el número de visa de inmigrante esté próximo a estar disponible, se te notificará. Posteriormente, te volverán a contactar cuando tengas que enviar los pagos de trámite de la visa de inmigrante y la documentación de apoyo.
5. Presentarse en la cita para entrevista
Se programará una cita en la oficina consular del país en el que residas. En esta cita te harán una entrevista y se decidirá si eres elegible para ser beneficiario de una visa de inmigrante. Antes de la fecha de la entrevista debes realizarte los exámenes médicos para residencia americana, pues debes llevarlos a dicha entrevista. Estos se realizan por un doctor autorizado en un centro médico aprobado por la embajada en tu país de residencia.
6. Esperar la decisión sobre la visa
Una vez aprobada la visa de inmigrante, en la oficina consular te entregarán el denominado “Paquete de Visa”. Ten presente que NO debes abrir este paquete. Además, tendrás que pagar la tarifa de inmigrante en línea antes de viajar a los Estados Unidos.
Cuando llegues a los EE. UU. debes entregar el Paquete de Visa al oficial de aduana en el puerto de entrada. Una vez que el oficial te admita, tendrás el estatus de residente permanente.
7. Recibir la Tarjeta de Residente
Después de tu llegada a los Estados Unidos, recibirás tu Green Card, lo cual no debe demorar más de 45 días a partir de tu llegada.
Preguntas frecuentes sobre la residencia americana
¿Cuánto tiempo tarda el trámite de residencia americana?
Ten en cuenta que el tiempo de espera para la residencia americana depende de quién realiza la petición, a quién se la solicita y la nacionalidad del pedido. De manera general, el tiempo de demora puede oscilar entre seis meses y 23 años, pero, insistimos, varía en relación con la situación específica de cada tipo de solicitud.
A modo de ejemplo, una solicitud de un ciudadano americano para un hijo soltero menor de 21 años puede tardar entre seis meses y un año como regla general; mientras que si la petición la hace un residente legal para sus hijos menores de 21 años, el trámite puede demorar aproximadamente dos años. En el caso de la residencia americana por matrimonio con un ciudadano estadounidense, puede tardar entre seis y 12 meses, pero para los cónyuges de residentes legales puede demorar alrededor de dos años.
¿Cuánto vale la residencia americana?
El costo de los trámites para la residencia americana varía en relación con el tipo de solicitud que se lleve a cabo. Por ejemplo, según la página oficial de la USCIS el costo del I–130 Petición de Familiar Extranjero es de $535 y el I–485 Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus es de $1,140. Consulta las demás tarifas establecidas aquí.
Las tarifas que te mostramos son las más actualizadas, ya que recientemente el Gobierno de Estados Unidos anunció el aumento en los precios de trámites migratorios, incluido las tarifas para la residencia americana.
Por otra parte, algunos solicitantes tienen la posibilidad de eximirse parcial o totalmente del pago de estos aranceles. En este artículo te explicamos los requisitos necesarios y todo lo que debes hacer para obtener una exención de tarifas USCIS por Bajos Recursos.
¿Dónde se paga la residencia americana?
La tarifa de residencia americana se paga en línea. El pago se puede realizar por tarjeta de crédito, de débito, cuenta bancaria estadounidense o tarjeta de débito prepago.
Si deseas realizar el pago por correo, debes completar y firmar el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito, colocar el formulario sobre la primera página de su solicitud o petición y enviar el paquete completo a la Localidad Segura (Lockbox) de USCIS correspondiente.
Cómo obtener la Green Card si tengo visa de turista
¿Sabías que puedes obtener la residencia en Estados Unidos con visa de turista? Es un trámite denominado Cambiar de Estatus de No Inmigrante, y se trata de una opción para que, mientras cumplas con cierto requisitos, puedas con visa de turista modificar tu estatus por las vías legales y continuar en los Estados Unidos.
Ahora bien, para solicitar un cambio de estatus, deberás demostrar que debes permanecer en el país, bien sea porque quieres estudiar o trabajar en Estados Unidos, por la reclamación de un familiar o porque te encuentras en una relación sentimental con un ciudadano americano. Además, debes hacerlo antes de que culmine tu estancia autorizada en este país.
Para solicitar el cambio de estatus de no inmigrante deberás cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar actualmente en Estados Unidos con una visa de no inmigrante
- Tu estatus de no inmigrante permanece válido
- No has violado las condiciones de tu estatus
- No has cometido ningún crimen que te convierta en inelegible.
Si cumples los requisitos, debes presentar el Formulario I-539. Para hacerlo vía online deberás crearte cuenta de USCIS en línea, presentar la evidencia que te solicitan y pagar las tarifas. En caso de que prefieras presentarlo impreso, debes descargarlo aquí; completarlo y firmarlo, pagar las tarifas de presentación (la tarifa es 370 dólares), proporcionar la evidencia y documentación de apoyo necesarias y enviarlo a dirección correspondiente indicada según la categoría en la que apliques. Posteriormente, debes esperar, en este orden, las notificaciones de recibo de la petición, de la cita de los servicios biométricos, de la entrevista (si corresponde) y de la decisión final.
No podrás solicitar un cambio de estatus si fuiste admitido en Estados Unidos bajo un programa de exención de visa; si posees visa C de no inmigrante; visa D o si eres familiar de quienes hayan estado involucrados en casos de terrorismo.
En DimeCuba te asesoramos para solicitar la residencia americana
Si estás considerando aplicar a la residencia americana y quieres preparar tu proceso sin estrés ni preocupaciones, en DimeCuba te ayudamos a lograrlo. Te brindamos excelente atención y asesoría para la realización de diversos trámites migratorios en Estados Unidos.
Contáctanos ahora mismo mediante los números telefónicos 786-706-6919 o 786-408-2088. También puedes visitarnos en el 3750 W 16th Ave Ste 100, Miami, FL 33012.
Otras gestiones en las que te podemos ayudar son las siguientes:
- Solicitud de la Ciudadanía Americana
- Petición de Permiso de Trabajo en Estados Unidos
- Aplicación por Exención de pagos en Tarifas USCIS por bajos recursos
- Las 15 mejores ciudades para vivir en Estados Unidos
- Las 10 ciudades más baratas para vivir en Estados Unidos: ¡Vive el sueño americano!
DimeCuba es una empresa multiservicios enfocada al público cubano. Con nosotros puedes realizar:
- Envios a Cuba
- Plantas eléctricas para Cuba
- Equipos electrodomésticos para Cuba
- Splits & Aires acondicionados
- Cajas de pollo
- Combos de comida
- Combos de aseo
- Recargas Cubacel a Cuba
- Envío de dinero a Cuba
- Renta de carros en Cuba
- Renovar el pasaporte cubano
- Prorrogar el pasaporte cubano
- Compra de pasajes a Cuba
Quisiera saber si el tiempo que estuve en el programa mpp, es decir entrando a saliendo a México, se cuenta para el año y un día de la ley de ajuste cubano.
Hola, respecto a temas legales como nacionalidad, visas repatriación, citas etc, te recomendamos que lo consultes con un especialista, porque cada caso es diferente
Hola, yo aplico para la ley de ajuste cubano si entre por el río y salí con fianza ?
Si aplico para el ajuste pues entre legal pero la pandemia me ha dejado acá puedo después de poner aplicación regresar pues tengo cosas pendiente nesesito el permiso de avance parole como se saca gracias
Hola, respecto a temas legales como nacionalidad, visas repatriación, citas etc, te recomendamos que lo consultes con un especialista, porque cada caso es diferente
Hola buenos días. Tengo un amigo que entró sin ningún proceso de MPP osea ilegal. Y la pregunta es si el puede empezar un proceso legal dentro de los Estados Unidos sin problemas a que sea deportado.
Hola, respecto a temas legales como nacionalidad, visas repatriación, citas etc, te recomendamos que lo consultes con un especialista, porque cada caso es diferente
Hola llevo un año y 5 meses en Estados Unidos entre con parole y no he aplicado para la recidencia mi parole se venció voy a tener problemas para aplicar para la green card
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Buenas noches soy cubano residente en eeuu.mi esposa es de costarica esta hace un año entro con visa.quisiera saber si aplica por la ley de ajuste cubano .gracias
Hola, respecto a temas legales como nacionalidad, visas repatriación, citas etc, te recomendamos que lo consultes con un especialista, porque cada caso es diferente
Buen día!
Me gustaría que me ayudaran con una duda que tengo 🙏.
Tengo una amiga cubana nacionalizada como dominicana y residente en RD desde hace 10 años. Ella va a venir legalmente con su hija menor de edad con visa estadounidense en su pasaporte dominicano ambas. Sin embargo ella quiere quedarse, estaría entrando por el aeropuerto de Ft Lauderdale. Lo aconsejable sería que presentara su pasaporte cubano en el aeropuerto al entrar y solicitara acogerse a la ley de Ajuste Cubano para ella y su niña, o que entre y se quede ilegal el año y un día requerido para luego solicitar acogerse a la ley??
Ojalá puedan leerme y contestarme!! Estaría súper agradecida!!! Feliz día!!!
Hola, respecto a temas legales como nacionalidad, visas repatriación, citas etc, te recomendamos que lo consultes con un especialista, porque cada caso es diferente
La opción de aplicar al año y un día de permanecer en los Estados Unidos no la vi en el escrito, llevo 7 meses en este país, entré legalmente.
Gracias
Hola necesito ayuda, tengo una duda, puedo parecer ignorante así que perdonenme no se de estas cosas. Yo quiero una visa de turista para viajar con mi niña y mi novio ¿que requisitos necesito?